🌿 CÁPSULA INFORMATIVA AMBIENTAL N°1
¿Sabías que? 💧
La Ordenanza Ambiental de la comuna de Quilaco, en su artículo 37, establece que:
🚫 Está prohibido extraer agua de lagunas urbanas y rurales para cualquier uso,
✔️ exceptuando únicamente casos de siniestro, cuando sea requerido por:
• Cuerpo de Bomberos
• Brigadas de CONAF
• U organismos expresamente autorizados por el Municipio
📌 El incumplimiento de esta normativa puede significar multas entre 0,5 y 5 UTM, según lo establece el artículo 91 de la ordenanza y la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
💙 El agua es vida.
Cuidémosla y protejamos nuestros recursos naturales.
🌱 CÁPSULA INFORMATIVA AMBIENTAL N°2
¿Sabías que? 💧
La Ordenanza Ambiental de la comuna de Quilaco, en su artículo 38, establece que:
🚫 Se prohíbe arrojar sustancias, basuras, desperdicios, objetos en desuso u otros en:
• Ríos
• Lagunas
• Playas
• Riberas
• Canales
• Humedales
• Acequias
• Bebederos de la comuna
⚠️ Las infracciones a esta ordenanza, conforme a su artículo 91, serán sancionadas con multas entre 0,5 y 5 UTM, según lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
💙 El agua es vida.
Ayudemos a su limpieza y conservación.
🤝 Cuidar Quilaco es responsabilidad de todos.
🌿 CÁPSULA INFORMATIVA AMBIENTAL N°3
¿Sabías que? 💧
La Ordenanza Ambiental de la comuna de Quilaco, en su artículo 39, establece que:
🚫 Se prohíbe vaciar residuos industriales líquidos o aguas servidas hacia:
• Canales de evacuación de aguas lluvias
• Cuerpos de agua corrientes
• Lagunas
• Aguas estancadas, naturales o artificiales
• Vegas
• Pantanos
• Humedales
⚠️ Las infracciones a esta ordenanza, conforme a su artículo 91, serán sancionadas con multas entre 0,5 y 5 UTM, según lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
💙 El agua es vida.
Ayudemos a su limpieza y conservación.



